Derecho en salud: Susalud actúa de oficio por alerta sobre presunto suero defectuoso

Interviene las instituciones prestadoras de servicios de salud (Ipress) donde se reportaron incidentes.

La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) dispuso de oficio acciones inmediatas de sus órganos supervisores, en el contexto de sus funciones, para proteger los derechos en salud de la población y prevenir su vulneración, en atención a la Alerta N° 38-2025, emitida por Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), el 24 de este mes.

En un comunicado, la entidad informó que intervino en las instituciones prestadoras de servicios de salud (Ipress) donde se reportaron incidentes a fin de verificar el cumplimiento de lo dispuesto por la autoridad sanitaria (Digemid).
“Exhortamos a las Ipress a nivel nacional, tener en cuenta dicha alerta y adoptar medidas que permitan verificar la existencia de este lote y su respectiva inmovilización, evitar su uso en los pacientes y asegurar una adecuada prestación del servicio de salud con garantías de calidad y seguridad”, recalcó.
Asimismo, como entidad protectora de los derechos en salud de la población, Susalud inició la investigación correspondiente sobre una presunta inadecuada atención y verificar el cumplimiento del protocolo de atención que los pacientes recibieron frente al evento adverso de público conocimiento por la alerta de la Digemid.
Las Ipress que no acaten las disposiciones emitidas por la Digemid y Susalud podrían ser sancionadas por una infracción grave, a la que corresponde una multa de 100 a 300 UIT, de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y Sanciones de Susalud (Decreto Supremo N° 031-2014), precisó.
La Digemid, mediante el Centro Nacional de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia (Cenafyt), como una de sus acciones de vigilancia sanitaria, recibió notificaciones de casos de sospechas de reacciones adversas graves relacionados con el uso del suero fisiológico 9% de la empresa Medifarma.
Ante esta situación, dispuso como medida de seguridad sanitaria la inmovilización inmediata de todas las unidades pertenecientes al lote del producto farmacéutico observado.
.
Fuente: El Peruano

Déjanos un comentario