La condena de diez años y seis meses de cárcel que le fue impuesta en primera instancia a Segundo Miguel Mejía Ramos, fue ratificada por los integrantes de la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa. El delito: actos contra el pudor en agravio de una menor de nueve años de edad.
El 2 de mayo de 2016, el progenitor de la agraviada se presentó en la comisaría de Buenos Aires, para denunciar que su hija fue víctima de tocamientos por parte de un sujeto allegado a la familia. Los hechos ocurrieron dos años antes en el asentamiento humano Villa del Sur en el distrito de Nuevo Chimbote.
Según el testimonio de la niña, la agresión ocurrió cuando jugaba en el corral de la casa de Mejía Ramos. El sujeto aprovechó que los niños con los que jugaba la menor, salieron hacia la sala, dejándola sola. Tras tocarla, le pidió que no comentara con nadie lo ocurrido porque de lo contrario, metería presos a sus padres.
En primera instancia, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial sentenció a Segundo Mejía Ramos a 10 años y seis meses de pena privativa de la libertad, así como al pago de 10 mil soles por reparación civil.
La defensa técnica del sentenciado interpuso un recurso de apelación, sin embargo; la Primera Sala Penal de Apelaciones confirmó la condena y ordenó su inmediata captura.(corte superior de justicia del santa).