La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa confirmó la sentencia condenatoria de tres años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por un periodo de prueba de dos años, impuesta a Mary Carmen Vásquez Collantes, por el delito contra los recursos naturales en la modalidad de tráfico ilegal de especies acuáticas de la fauna silvestre.
Según la acusación del Ministerio Público, el 11 de julio de 2019, personal del Ministerio de la Producción intervino la cámara isotérmica de placa H1Z-321, cuando se encontraba en el exmercado mayorista Manuel Jesús Chávez Ávalos. Al interior del vehículo, se encontraron diversas cubetas conteniendo las especies lorna y chiri, las cuales no tenían la talla mínima para ser capturadas. Se identificó a Vásquez Collantes, como la propietaria de la carga.
En primera instancia, el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la CSJSA la declaró culpable. Según el artículo 308-A del Código Penal, se reprime con pena privativa de libertad, no menor de tres años ni mayor de cinco años, a quien vende, transporta, almacena, importa, o reexporta productos o especies acuáticas en tallas que son prohibidas o vedadas.
La apelación de Mary Carmen Vásquez fue declarada infundada por los magistrados que integran la Primera Sala Penal de Apelaciones, quienes confirmaron el fallo, así como el monto de la reparación civil, fijada en 10 mil soles, y ciento ochenta días multa, equivalentes a mil 385 soles.